Marco de seguridad privada en Sonora
Sonora no tiene ley autónoma: la materia se regula dentro de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, cuyo artículo 199, fracción V sí cubre obtener informes de antecedentes, solvencia, localización o actividades de personas.
El ordenamiento estatal sí contempla expresamente la investigación privada como modalidad autorizable.
Verificado el 26 de agosto de 2026