Ley de Seguridad Privada del Estado de Aguascalientes
El artículo 8, fracción II, inciso e) comprende la investigación privada como modalidad; el artículo 14 crea el Registro de Prestadores de Servicios de Seguridad Privada.
El ordenamiento estatal sí contempla expresamente la investigación privada como modalidad autorizable.
Verificado el 26 de agosto de 2026